domingo, 25 de abril de 2010

La Municipalidad de Bermudez pierde millonario juicio laboral

Por Marcelo Ontivero
eldespertador_fm@hotmail.com


La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de los tribunales rosarinos, falló a favor de los empleados municipales en una demanda entablada contra el municipio bermúdence, por cobro de haberes de días no trabajados durante las huelgas que se desataron entre los años 2000 y 2002. Por entonces era intendente el radical Gerardo Carlucci.
La breve gestión del abogado Carlucci se caracterizó por una ofensiva salvaje contra los derechos adquiridos de los trabajadores municipales y protegidos por ley. Avanzó con bajas de categorías, reducción salarial, traslados injustificados, persecuciones ideológicas y fundamentalmente se atrasó en el pago de sueldos que desencadenó un conflicto que fue más allá de la esfera patronal-empleado y terminó partiendo a la sociedad, quebrando la paz social y enfrentando vecinos contra vecinos, casi en una lucha fratricida. La situación totalmente desbordada obligó a la renuncia del intendente antes que el gobierno provincial decretara una nueva intervención en la ciudad.
La sentencia judicial, a la que tuvo acceso este periódico, menciona tres “periodos” en los cuales se desarrollaron las medidas de fuerza por parte de los obreros comunales, siempre por falta de pago de sus jornales. El primer conflicto arrancó en agosto del 2000, luego de no percibirse el sueldo de julio y el medio aguinaldo correspondiente y concluyó en diciembre con la firma de un acuerdo suscripto entre las partes, la Provincia, FESTRAM y la Iglesia como garante moral, representada por la Pastoral Social. La segunda medida de fuerza fue en abril del 2001, en reclamo de sueldos no abonados de una parte de enero, todo febrero, marzo y abril y finalizó con un nuevo compromiso del Departamento Ejecutivo de afectar recursos de la recaudación al pago de deuda. A lo largo del expediente quedó ratificado que la Municipalidad no cumplió con las actas firmadas.
Los camaristas Marcelo López Marull, Alejandro Andrada y Rencia de De la Horra entendieron que tanto el municipio como el gremio “reconocieron” el pago salarial de los días no trabajados, en cada uno de los acuerdos firmados para destrabar ambos conflictos “Puede concluirse que las partes reconocían el pago de salarios, aun durante la vigencia de la medida de fuerza dispuesta”, fundamentó en su voto López Marull y abundó que “por parte de la accionada (la Municipalidad) ha existido reconocimiento de deuda”. Entonces, “debe reconocerse el pago de los salarios respectivos”, agregó a su turno el doctor Andrada.
La única diferencia que marcan los jueces es en la tercera etapa de paro, que se extendió por siete meses y explotó en diciembre del 2001, después de caerse los meses de octubre y noviembre. Mientras los magistrados Andrada y Rencia de De la Horra interpretan que el municipio tuvo un accionar “culpable” y le “imponen el deber de pagar” a sus empleados los días en los cuales se ejerció el derecho legítimo de huelga; López Marull manifiesta que no se acredita la responsabilidad de la Municipalidad en esta fase del conflicto y parcialmente vota en disidencia.
El juez Andrada sostuvo en su voto que “las huelgas estuvieron animadas por un fin laboral como es el reclamo de cobro de sueldos adeudados” y en ningún momento “se ha puesto en controversia el derecho de los empleados a llevar a cabo medidas de acción directa”, por lo tanto, “la huelga ha sido legal desde que ha sido ejecutada con objetivos profesionales validos, esto es, el cobro de salarios adeudados”, amplió. Sentando jurisprudencia Andrada señala que no pueden tener un mismo “tratamiento” legal los paros en los sectores públicos y privados. “Las deudas salariales derivadas de los contratos de empleo público deben cumplirse por los Estados escrupulosamente atento al carácter alimentario de las mismas”, fundamentó. Andrada entendió que la administración municipal nunca “demostró que medidas adoptó para satisfacer los servicios (públicos) esenciales pese a la huelga teniendo en cuenta que no fue todo el personal el que se adhirió a las medidas” ni tampoco probó que “consecuencias se derivaron hipotéticamente de la huelga”. Para el colegiado queda “probado el incumplimiento de la Municipalidad respecto a las deudas salariales para con sus agentes” y la “obliga” a pagar porque “prevalece el derecho de los agentes a percibir los sueldos que casi diez años después de las medidas todavía se le adeudan”, argumentó.
La doctora Rencia de De la Horra consideró en su fundamento “legitimo el derecho de huelga” de los trabajadores y que las “consecuencias deben ser asumidas por la administración accionada”. A entender de la jueza “la culpa de la administración es clara” y el “agente público tiene derecho a percibir su salario durante el tiempo que duró la medida de fuerza”, dictaminó.
La Justicia no fijó monto alguno que deba pagar el municipio, el mismo saldrá de una evaluación que realice la propia Municipalidad, pero las estimaciones extraoficiales hablan de un valor que rondaría los 2 millones de pesos más las costas de abogados. El intendente Fabián Varela calificó de “político” el fallo judicial y resolvió “apelar” la medida presentando un “recurso de nulidad”, basándose en el voto parcial de López Marull, y no descartó llegar a la Suprema Corte para que defina la “constitucionalidad” de la sentencia, jugando una última carta a sabiendas de ir de perdidoso y en una obvia estrategia dilatadora de tiempo, con el riesgo de hipotecar de antemano al próximo gobierno.

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